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dor de 480 millones de dólares. Y no hay ca-
non para devolverlo. La industria discográfica
gana al año 40 mil millones de dólares, el equi-
valente al PIB de 80 países. De oenegés, nada.
Los artistas
Dicen también que las descargas de música
matan de hambre a los artistas. En una en-
trevista que hizo Nacho Escolar a José Neri,
director de la Sociedad Digital de Autores y
Editores (SDAE), el brazo digital de la SGAE,
Neri dijo, defendiendo que no se piratee, algo
en lo que yo estoy de acuerdo, que el 90% de
la música que se realiza en este país tiene un
fundamento: los huevos fritos con patatas, que
es lo que comen los músicos.
Bien, yo traigo aquí una carta de royalties
de Kiko Veneno donde se explica de dónde sa-
can los huevos fritos con patatas los músicos.
En esta carta, que es una liquidación semes-
tral, el cantante, que vendió durante esos me-
ses 623 copias de dos discos que tenía a la
venta, consiguió la cantidad de 6.314 ptas. Mil
pesetas al mes -esto está por debajo del Sala-
rio Mínimo Interprofesional-. Pero lo peor es
que la discográfica le había dado un adelanto
de 70.461 ptas, así que Kiko Veneno tenía que
devolver 64.147 ptas. Eso es un pastón. No
podemos pensar que Kiko Veneno saca dinero
de la venta de discos. ¿De dónde lo saca? De
los conciertos. Vamos a dar algunos datos:
¿Les afecta la piratería? Pues sí, los multi-
plica. Según el propio anuario de la SGAE, los
conciertos han aumentado en un 26%. Gª So-
riano, cantante de Sexy Sadie, dice que los
conciertos significan el 70% de los ingresos,
mientras que el otro 30% corresponde a las
ventas. Miguelito Superstar, de la Fundación
Tony Manero, dice que la relación es del 80%
conciertos, 20% venta de discos.
Las salas de conciertos con capacidad de
500 personas han tenido que aumentar el nú-
mero de programaciones, el aumento de di-
rectos ha hecho que salas de capacidad media
y recursos modestos puedan contratar a artis-
tas que antes estaban fuera de su alcance. Se-
gún estas estadísticas, Bruce Springteen gana
más con diez conciertos que lo que ha gana-
do con las ventas de todos sus discos.
Por otro lado, ¿la industria desintegra a los
artistas, o más bien los multiplica? Estoy se-
guro de que los que hoy critican a la piratería
en sus tiempos jóvenes descubrieron su voca-
ción a causa de los casettes que se pasaban
entre amigos. Eso les dio la cultura musical su-
ficiente para saber qué hacer en un escenario.
¿Delito?
La siguiente mentira que se ha extendido mu-
cho por la red es que a partir del uno de oc-
tubre [de 2004] es delito el intercambio en las
redes P2P. La realidad es que el artículo del
Código Penal que es aplicable a esto, el 270.1,
no ha sido reformado. ¿Por qué, entonces, se
armó esta bola? Sencillamente, porque se em-
pezaron a hacer unos análisis bastante críti-
cos y certeros sobre el nuevo Código Penal. Yo
creo que merecía esa crítica, lo que ocurre es
que algunos periodistas, al leer esos artículos,
leyeron quizá por primera vez la reforma, e in-
terpretando artículos que no habían cambia-
do sacaron la conclusión de que era delito. La
realidad es que sigue todo siendo igual, se ne-
cesita ánimo de lucro y perjuicio de terceros
para que los intercambios en las redes P2P se
consideren delito.
Como sabéis, el ánimo de lucro es un tema
de interpretación. Decía Javier Rivas que es
cualquier beneficio o utilidad que te reporte
algo. Vamos a irnos un poco hacia atrás, va-
mos a ver qué es la copia privada.
La copia privada aparece en la ley de Propie-
dad Intelectual. Dicen por ahí que es la que ha-
ces de tu propio original para escucharlo en el
coche. La realidad es que la ley de la Propie-
dad Intelectual no te exige ser el usuario le-
gítimo de la obra. ¿Quién necesita ser usuario
legítimo para hacer una copia de una obra in-
telectual? El usuario de un programa de orde-
nador, porque los programas de ordenador no
tienen derecho a la copia privada, sólo se les
permite la de seguridad. Esos dos conceptos,
copia privada y copia de seguridad, son los
que se mezclan continuamente.
Es cierto que ahora el artículo 270.3 del Có-
digo Penal ha cambiado, antes quien tuviera
herramientas destinadas sólo a desproteger pro-
gramas de ordenador, la mera tenencia, era un
delito. Eso, aparentemente, tiene una contra-
dicción con el derecho a la copia de seguridad
del software, ¿no? Ahora, eso se ha ampliado,
y no sólo la tenencia de los llamados "cracks"
o lo que pueda desproteger un programa de or-
denador es delito, sino también lo que pueda
desproteger cuaquier obra intelectual.
La copia privada apareció en aquellos mo-
mentos en los que era habitual pasarse los ca-
settes y copiárselos. En su momento era ilegal,
y además el Código Penal no exigía el ánimo
de lucro para que fuera delictivo reproducir
obras. ¿Qué ocurrió? Pues que la legislación
pensó sencillamente: "si esto es así de impa-
rable, si está así de extendido, lo legalizamos".
Así que introdujeron la copia privada y el ca-
non remuneratorio que está dando ahora tan-
to dolor de cabeza a todo el mundo. Por eso
apareció la copia privada y el Código Penal in-
trodujo el concepto de ánimo de lucro. Cuan-
do aparece internet ¿qué es lo que nos dicen
estos tipos? "No, la copia privada es otra cosa,
el derecho de copia privada no existe". Pero la
realidad es que la copia privada es sencilla-
mente la copia que hace una persona sea cual
sea el original del que parte, siempre y cuan-
do no tengas fin lucrativo ni un propósito de
difundirla ulteriormente.
Entonces, el Código Penal sigue exigiendo
lo mismo: ánimo de lucro y perjuicio de ter-
ceros. ¿Tiene algún sentido que nosotros ten-
gamos derecho a la copia privada pero que el
hacerla signifique tener ánimo de lucro y por
lo tanto cárcel? Javier Rivas: "cualquier be-
neficio o utilidad que esto le reporte". La re-
alidad es que cualquier cosa te da algún tipo
de beneficio o utilidad. Según esa teoría, fo-
tocopiar la página de un libro te lleva direc-
tamente a la cárcel. Interpretándolo así se
darían paradojas insalvables. Por ejemplo, yo
me bajo una canción de un disco de internet.
Estoy haciendo una reproducción parcial, y
según Javier Rivas y otros muchos es una re-
producción con ánimo de lucro, porque me da
un beneficio que es disfrutar de la obra. Sin
embargo, si yo voy al Corte Inglés y digo "no,
yo es que prefiero el original, con las tapas tan
bonitas...". Y lo hurto. Y digo "ya que estoy
aquí, y para no dar dos viajes, me llevo la dis-
cografía entera". Y como el hurto no supera los
400 euros, no sería un delito. Así que ya sa-
béis, si tenéis pensado bajaros una canción
de internet, no lo hagáis. Id mejor directa-
mente al Corte Inglés y...
¿Qué está ocurriendo? ¿Por qué se dice, in-
cluso desde las propias trincheras, que esto es
delito? Yo creo que para crear una nueva con-
ciencia social, y esto sí es más peligroso. Cre-
er, sin más, lo que se dice en los medios de co-
municación, es eficacísimo para que estos mitos
se conviertan en realidad, porque el juez está
obligado, según el artículo 3 del Código Civil,
a interpretar las normas de una manera cohe-
rente a lo que opina la realidad social. Si el áni-
mo de lucro es una cosa que está así-así, si
hay algo que es una cuestión de interpretación,
lo que crea la sociedad en ese momento es im-
portante para el juez. Si andamos por ahí au-
tocriminalizándonos, diciendo que a mí eso de
bajarme música me parece de lo más molón,
ser delincuente y tal, eso desde la perspecti-
va jurídica no es bueno.
Francisco Hernández Guerrero, fiscal del
TSJA, dice que cuando la conciencia de ilici-
tud sobre una serie de conductas desaparece,
los Estados responden despenalizando esas
conductas. ¿Existe, hoy en día, esa concien-
cia? En mi opinión, en absoluto. Los padres
regalan a los niños el arma del delito, el ca-
ble de fibra óptica y las grabadoras ultrarápi-
das, vendidas por las mismas empresas que
más dinero dicen que pierden con la pirate-
ría. En la televisión salía hace dos veranos un
anuncio de la revista PCÚtil donde un tipo de
aspecto cuidadosamente descuidado, decía
que para él un pc útil era el que le permitía
bajar mp3. Otra revista decía en la portada:
"Redes P2P, cómo aprender a configurarlas y
a usarlas". La conciencia de ilicitud en abso-
luto existe, pero no sólo entre la gente, yo re-
cibí el otro día una carta de AUNA donde decía
que a partir de ahora podré bajarme música
y películas más rápidamente. Y el otro día in-
cluso Boris Izaguirre decía que se bajaba pe-
lículas, lo cual deja clarísimo cuál es la
conciencia social.
Lo que el Código pretende tipificar como de-
lito, y en esto es unánime la doctrina, son las
acciones previas a la distribución. Es decir, tan-
to lo que es importación de cd, exportación,
almacenaje y desprotección, son actos prepa-
rativos para el delito de distribución. La cues-
tión es que tenemos dos opciones. O bien
decidimos que los tiempos han cambiado y
buscamos una serie de alternativas o bien nos
dedicamos a perseguir a la gente porque están
descargando de internet.
Copyleft
Entre las alternativas más razonables está la
del copyleft [periódico cnt nº 305, octubre
2004], la explicó muy bien aquí ayer Javier
Maestre. Otra filosofía, llamada minimalista,
está ideando una serie de alternativas para re-
munerar a los autores sin que eso suponga li-
mitar el acceso a la cultura.
Existe otra posibilidad: perseguir a los pi-
ratas. Bien, se puede hacer, en EEUU lo están
haciendo ya. Si siguen por ese camino podrán
juzgar a los 60 millones de personas que in-
tercambian archivos en las redes P2P en 17.703
años. Bueno, es una opción, ¿no?
Parece que la industria lo tiene claro, va a
perseguir a los piratas. ¿Qué cosas ha dicho?
Cuatro meses después del 11-S, Jack Valenti,
antiguo director de la MPAA (Motion Picture
Association of America), que agrupa a las aso-
ciaciones cinematográficas, dijo: "estamos lu-
chando nuestra propia guerra contra otro
terrorismo: la piratería. Nuestra gran salva-
ción, y es sólo temporal, es que no todo el
mundo tiene banda ancha". Y agregó: "tiem-
bla, Estados Unidos". Steve Hacklett, vicepre-
sidente de Sony, dijo en relación con la
demanda de la RIIA (Recording Industry As-
sociation of America) que "la industria toma-
rá las medidas que hagan falta para protegerse
a sí misma y a sus beneficios. No perderá esa
entrada de dinero, pase lo que pase".
Más información:
http://filmica.com/david_bravo/
cnt
n°309 febrero 2005
Actualidad
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Buena parte de los archivos compartidos en
estas redes son ficheros de música y vídeo.
Esto ha llevado a la mayor parte de las em-
presas discográficas y distribuidoras a con-
cluir que suponen una gran amenaza a los
modelos empresariales ya establecidos.
Hace unos meses, un tribunal de apela-
ciones de California, en decisión unánime
de sus jueces, rechazó la demanda de las
grandes empresas musicales y cinemato-
gráficas que pedía la ilegalización de pro-
gramas de software como Morpheus y
Grokster, mediante los cuales se puede ba-
jar e intercambiar música por internet li-
bremente. Es el mismo tribunal que en 2001
obligó a cerrar la pionera empresa Napster,
que organizaba dicho intercambio. La dife-
rencia es que Napster tenía un archivo cen-
tral y buscaba en la red registros musicales
disponibles. En la actualidad, el intercam-
bio se hace entre ordenadores sin pasar por
ningun archivo central e incluso sin cono-
cimiento de dónde se obtiene la música.
Basta con grabar música en el propio orde-
nador y entrar en la red de intercambio uti-
lizando alguno de los múltiples programas
de software (Emule, BitTorrent, Kazaa,
iMesh...), que automáticamente detectan
el registro buscado y permiten bajarlo al
ordenador o a un grabador MP3. El tribunal
argumentó que aunque este software pue-
da utilizarse para bajar material protegido
por el derecho de propiedad, también pue-
de usarse, y se usa frecuentemente, para
intercambiar contenido propio de los usua-
rios, distribuciones de software libre y ma-
terial de dominio público.
Más información:
http://es.wikipedia.org
La herramienta de la tercera
generación de internet: el P2P
P2P (en inglés "peer-to-peer") es una red informática
entre iguales. Cualquier ordenador es un punto de
unión entre redes y comparte contenidos a la vez que
accede a otros
No sólo la tenencia de los llamados "cracks" o lo
que pueda desproteger un programa de ordenador
es delito, sino también lo que pueda desproteger
cuaquier obra intelectual
La cultura es un bien imprescindible para tener
una actitud crítica y participativa en la sociedad.
Es una mercancía a la que sólo puedes acceder si
tienes dinero
viene de la página 16

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